Fondo de Crédito para Capital de Trabajo | ¡Descubre como ser Beneficiado por este Programa!

Fondo de Crédito para Capital de Trabajo | ¡Descubre como ser Beneficiado por este Programa!

¿Qué es Fondo de Crédito para Capital de Trabajo?

El Fondo se destinará exclusivamente al otorgamiento de préstamos en condiciones favorables para el mantenimiento de la capacidad productiva y la continuidad de los negocios; hasta un monto máximo de doscientos cincuenta mil quetzales (Q.250,000.00) por préstamo, destinados a personas naturales o jurídicas con el propósito de financiar capital de trabajo. Está prohibido utilizar los recursos del Fondo para otros fines.

El objetivo del Reglamento es definir los requisitos y las condiciones para la concesión de préstamos a personas físicas o jurídicas exclusivamente para el capital circulante y la continuidad de la actividad.

CHN podrá otorgar préstamos a los beneficiarios deudores directamente o a través de otros mecanismos permitidos por la legislación aplicable; incluyendo las instituciones financieras supervisadas por la Dirección General de Bancos y las cooperativas de ahorro y crédito.

Beneficios del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo

  • Plazos de financiación ampliados de hasta 8 años.
  • Un periodo de carencia de 18 meses para la devolución del principal, con el pago de los intereses mensualmente.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo?

Un individuo o una empresa

  • Imprimir formularios legales.
  • Formulario IVE y anexo de productos
  • Una copia de un documento de identificación personal (DPI) por ambas caras.
  • Copias del extracto bancario de los tres (3) meses anteriores al 31 de diciembre de 2019.
  • Copia de la licencia comercial (empresa individual), si procede.
  • Una copia del estado financiero al cierre del ejercicio 2019 e integraciones, en su caso (Empresa Unipersonal).
  • Factura de agua, electricidad o teléfono.

Persona jurídica

  • Formulario de solicitud única.
  • Formulario IVE y anexo de productos.
  • Garantía de los accionistas.
  • Copia de lo escrito en la Constitución y sus reformas.
  • Copia del nombramiento válido del representante legal.
  • Acta del órgano supremo de la empresa donde se autoriza al representante legal a ejecutar el préstamo.
  • Recepción de agua, electricidad o teléfono.
  • Copias de las patentes comerciales y de empresa.
  • Copia del documento de identidad del representante legal (DPI) (ambas partes).
  • Fotocopia de los extractos bancarios de los tres (3) meses anteriores al 31 de diciembre de 2019 e integraciones.
  • Una copia del estado financiero al cierre del ejercicio 2019.

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Características del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo

  • Garantías: fiduciarias, mobiliarias, hipotecarias y mixtas.
  • Tipo de interés del 6% en las instituciones financieras supervisadas y del 6,5% en las cooperativas.
  • Cantidad máxima Q. 250 000,00.

El capital circulante debe entenderse como el uso de los recursos de una persona física o jurídica para llevar a cabo sus actividades; normalmente a corto plazo, para cubrir sus pasivos con el fin de garantizar la continuidad de las operaciones empresariales.

Condiciones para obtener el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo

  • El deudor y el codeudor, según el caso, deben ser mayores de edad y menores de 65 años.
  • Los solicitantes mayores de 65 años deben presentar garantías suficientes en las condiciones exigidas para un préstamo de acuerdo con los requisitos de las instituciones financieras supervisadas y las cooperativas de ahorro y préstamo.
  • Todas las solicitudes de préstamo superiores a Q 160.000,00 deben incluir un coprestatario o, en ausencia de éste, una hipoteca, un bien mueble o una garantía mixta.
  • Los préstamos se amortizarán mediante pagos mensuales iguales con un periodo de hasta 18 meses de amortización del capital, a contar desde la fecha del préstamo.
  • Los intereses pendientes no pueden ser capitalizados.
  • Los intereses de demora pueden acumularse sobre el importe principal; impagado a un tipo que no puede ser superior al del préstamo concedido.
  • No se aplicarán penalizaciones ni otras sanciones por el reembolso anticipado del principal y/o de los intereses; ya sea en parte o en su totalidad.
  • Sólo en caso de incumplimiento por parte del deudor beneficiario; éste será responsable de todos los costes, honorarios profesionales y/o de formalización, escrituras, gastos y otras cantidades relacionadas con la ejecución, recuperación y reembolso del préstamo.

Nota:

Para los coprestatarios que sean personas jurídicas, personas físicas o empresarios individuales, se aplican los mismos requisitos que para los solicitantes o deudores.

Para las hipotecas, garantías mobiliarias o mixtas, se debe presentar una tasación realizada por un tasador autorizado según la lista de cada institución; con una antigüedad no superior a 12 meses desde la fecha de solicitud.

En el caso de hipotecas o préstamos garantizados con bienes muebles, el seguro si lo hay; debe estar a favor de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala o a nombre de la institución donde se emite el préstamo.

En caso contrario; se deberá contratar una póliza de seguro con El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala o con la empresa correspondiente; que deberá ser aprobada después de la autorización, pero antes de la emisión del préstamo; además, se incluirá en la cuota mensual.

Información de contacto para el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo

Para mas Información visita el sitio web oficial del CHN  o póngase en contacto a través de PABX: 2290-7001; info@chn.com.gt.

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