¿Qué es Fondo de Crédito para Capital de Trabajo?
El Fondo se destinará exclusivamente al otorgamiento de préstamos en condiciones favorables para el mantenimiento de la capacidad productiva y la continuidad de los negocios; hasta un monto máximo de doscientos cincuenta mil quetzales (Q.250,000.00) por préstamo, destinados a personas naturales o jurídicas con el propósito de financiar capital de trabajo. Está prohibido utilizar los recursos del Fondo para otros fines.
El objetivo del Reglamento es definir los requisitos y las condiciones para la concesión de préstamos a personas físicas o jurídicas exclusivamente para el capital circulante y la continuidad de la actividad.
CHN podrá otorgar préstamos a los beneficiarios deudores directamente o a través de otros mecanismos permitidos por la legislación aplicable; incluyendo las instituciones financieras supervisadas por la Dirección General de Bancos y las cooperativas de ahorro y crédito.
Beneficios del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo
- Plazos de financiación ampliados de hasta 8 años.
- Un periodo de carencia de 18 meses para la devolución del principal, con el pago de los intereses mensualmente.
¿Cuáles son los requisitos para acceder a el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo?
Un individuo o una empresa
- Imprimir formularios legales.
- Formulario IVE y anexo de productos
- Una copia de un documento de identificación personal (DPI) por ambas caras.
- Copias del extracto bancario de los tres (3) meses anteriores al 31 de diciembre de 2019.
- Copia de la licencia comercial (empresa individual), si procede.
- Una copia del estado financiero al cierre del ejercicio 2019 e integraciones, en su caso (Empresa Unipersonal).
- Factura de agua, electricidad o teléfono.
Persona jurídica
- Formulario de solicitud única.
- Formulario IVE y anexo de productos.
- Garantía de los accionistas.
- Copia de lo escrito en la Constitución y sus reformas.
- Copia del nombramiento válido del representante legal.
- Acta del órgano supremo de la empresa donde se autoriza al representante legal a ejecutar el préstamo.
- Recepción de agua, electricidad o teléfono.
- Copias de las patentes comerciales y de empresa.
- Copia del documento de identidad del representante legal (DPI) (ambas partes).
- Fotocopia de los extractos bancarios de los tres (3) meses anteriores al 31 de diciembre de 2019 e integraciones.
- Una copia del estado financiero al cierre del ejercicio 2019.
Te puede interesar: Programa Mis Años Dorados.
Características del Fondo de Crédito para Capital de Trabajo
- Garantías: fiduciarias, mobiliarias, hipotecarias y mixtas.
- Tipo de interés del 6% en las instituciones financieras supervisadas y del 6,5% en las cooperativas.
- Cantidad máxima Q. 250 000,00.
El capital circulante debe entenderse como el uso de los recursos de una persona física o jurídica para llevar a cabo sus actividades; normalmente a corto plazo, para cubrir sus pasivos con el fin de garantizar la continuidad de las operaciones empresariales.
Condiciones para obtener el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo
- El deudor y el codeudor, según el caso, deben ser mayores de edad y menores de 65 años.
- Los solicitantes mayores de 65 años deben presentar garantías suficientes en las condiciones exigidas para un préstamo de acuerdo con los requisitos de las instituciones financieras supervisadas y las cooperativas de ahorro y préstamo.
- Todas las solicitudes de préstamo superiores a Q 160.000,00 deben incluir un coprestatario o, en ausencia de éste, una hipoteca, un bien mueble o una garantía mixta.
- Los préstamos se amortizarán mediante pagos mensuales iguales con un periodo de hasta 18 meses de amortización del capital, a contar desde la fecha del préstamo.
- Los intereses pendientes no pueden ser capitalizados.
- Los intereses de demora pueden acumularse sobre el importe principal; impagado a un tipo que no puede ser superior al del préstamo concedido.
- No se aplicarán penalizaciones ni otras sanciones por el reembolso anticipado del principal y/o de los intereses; ya sea en parte o en su totalidad.
- Sólo en caso de incumplimiento por parte del deudor beneficiario; éste será responsable de todos los costes, honorarios profesionales y/o de formalización, escrituras, gastos y otras cantidades relacionadas con la ejecución, recuperación y reembolso del préstamo.
Nota:
Para los coprestatarios que sean personas jurídicas, personas físicas o empresarios individuales, se aplican los mismos requisitos que para los solicitantes o deudores.
Para las hipotecas, garantías mobiliarias o mixtas, se debe presentar una tasación realizada por un tasador autorizado según la lista de cada institución; con una antigüedad no superior a 12 meses desde la fecha de solicitud.
En el caso de hipotecas o préstamos garantizados con bienes muebles, el seguro si lo hay; debe estar a favor de El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala o a nombre de la institución donde se emite el préstamo.
En caso contrario; se deberá contratar una póliza de seguro con El Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala o con la empresa correspondiente; que deberá ser aprobada después de la autorización, pero antes de la emisión del préstamo; además, se incluirá en la cuota mensual.
Información de contacto para el Fondo de Crédito para Capital de Trabajo
Para mas Información visita el sitio web oficial del CHN o póngase en contacto a través de PABX: 2290-7001; info@chn.com.gt.

