¿Qué es el Subsidio por Maternidad?
El subsidio de maternidad es el dinero al que tienen derecho las mujeres embarazadas aseguradas para compensar el tiempo que no van a trabajar debido a la baja por maternidad, tras dar a luz y atender por primera vez a su hijo recién nacido.
Se acredita a la asegurada por un plazo de 98 días. Suele comenzar 49 días antes de la fecha prevista del parto; no obstante, la madre puede elegir la fecha de inicio del permiso, siempre que obtenga la autorización del médico que la atiende. El subsidio también puede ampliarse otros 30 días en caso de parto múltiple o en el caso de un hijo discapacitado.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al Subsidio por Maternidad?
Para ser parte de este Programa debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Un asegurado regular debe tener tres meses consecutivos de cotización o cuatro meses no consecutivos en los seis meses naturales anteriores al mes en el que se inicia el pago del subsidio.
- El agrario asegurado debe haber cotizado durante tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos durante los últimos doce meses anteriores al mes en que se inicia el pago del subsidio.
- El asegurado permanente debe estar empleado en el momento del pago de la prestación (al principio y durante el periodo de pago).
- El asegurado del régimen especial y la aseguradora deben haber pagado la cotización correspondiente al mes de concepción antes de presentar la solicitud.
¿Qué documentos se deben presentar para solicitar el Subsidio por Maternidad?
- Formulario 1040 debidamente completado.
Nota: La presentación de una solicitud de confirmación de un certificado médico privado ante el CEVIT Central o ante el médico supervisor del Centro Médico EsSalud Anula el plazo de prescripción del subsidio por maternidad, cuyo cálculo se reanuda cuando el CITT es emitido por EsSalud.
Casos Particulares
Si un tercero presenta la solicitud:
- Presentar la prueba de identidad del tercero que presenta la solicitud.
- Un simple poder firmado por el asegurado o, en caso de reembolso, por el representante legal o un funcionario autorizado de la organización empleadora.
Cuando la aseguradora ha recibido un subsidio de su empleador pero ha fallecido sin haber firmado una solicitud de reembolso:
- El empleador debe acreditar el registro del fallecimiento del asegurado en los sistemas de EsSalud y presentar los documentos justificativos que confirmen el pago del subsidio al asegurado fallecido, a un familiar directo o a una persona autorizada por el asegurado.
Si el titular de la subvención ha fallecido:
Si el titular del subsidio ha fallecido y se trata de un pago directo; Los herederos presentan el certificado de defunción del afiliado fallecido (original) y un documento que acredite su identidad (testamento o intestado), y un poder otorgado en documento público o privado con firma notarial, que entregan a uno de los beneficiarios, para que solicite el subsidio devengado y no devengado en nombre de los demás herederos, utilizando los tipos de poderes que establece el Reglamento de la Ley del Notariado, en función de la cuantía del subsidio.
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¿Quién es el responsable de tramitar y cobrar el Subsidio por Maternidad?
Los aseguradores, en el caso de los trabajadores del sector público, de los trabajadores agrícolas independientes, de los trabajadores de la ingeniería civil, de los trabajadores domésticos, de los pescadores independientes y de los pequeños transformadores de pescado; y de los trabajadores de un régimen especial.
El empleador, en el caso de los trabajadores agrícolas regularmente asegurados y dependientes, es quien paga el subsidio al asegurado de la misma manera y en el mismo momento en que recibe su remuneración y luego reclama el reembolso a EsSalud.
¿Cuál es la modalidad de pago del Subsidio por Maternidad?
El primer plazo se paga después de los primeros 49 días. El segundo plazo se paga a los 98 días o a los 128 días en caso de parto múltiple o de hijos con discapacidad.
El pago completo debe realizarse al final del periodo de maternidad.
Motivos de Cancelación del Subsidio
- Por pérdida de empleo.
- Realizar un trabajo remunerado durante el periodo de pago de la prestación.
- Rechazo o incumplimiento del tratamiento y de las prescripciones médicas.
Plazo del Subsidio por Maternidad
El plazo de presentación es de 98 días desde la fecha de nacimiento más 6 meses. En caso de parto múltiple, 128 días desde el nacimiento del niño más 6 meses.
¿Cómo registrarse para solicitar el Subsidio por Maternidad?
- Rellene los formularios con sus datos personales. No deben tener tachaduras ni borrones.
- Para descargar el formulario dirígete a la pagina Web: Maternidad | EsSalud
- Diríjase a la agencia u oficina de seguros y lleve los formularios a la ventanilla correspondiente, presentando un documento de identidad.
- Un representante de la agencia certificará los formularios. Si se utiliza el pago automático, se le entregará una copia del formulario y un número de expediente con la fecha de pago.
- Si no se obtiene la calificación automática, se le devolverá el formulario con un número de NIT, que podrá utilizar para seguir el procedimiento y comprobar su estado.